La Asociación de Venezolanos en Colombia (Asocvencol), en unión con el Instituto Defensoría Privada del Pueblo y en ejercicio del Derecho de Petición que consagra el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y las demás disposiciones pertinentes del Código Contencioso Administrativo, ha acudido al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia debido a la notificación recibida por nacionales venezolanos que tramitan sus visas ante Relaciones Exteriores/Migración-Colombia, quienes nos han informado que en la antesala del recinto público destinado para esos menesteres, los celadores y personal de seguridad, les entregan un documento sin autor aparente, sin logo oficial, y sin el membrete del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el que se le indican algunas de las siguientes “recomendaciones” sobre la forma de pago y la forma de usar los turnos. Igualmente, nos han comunicado que la autoridad puede pedir otros documentos sin explicación alguna y no tenerlos, justifica la negación de la visa.
En consecuencia, hemos pedido a la Honorable Ministra de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, que les exponga detalladamente las respuestas a las siguientes cuestiones:
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¿Explíquenos la razón o razones por las que se le entrega a los nacionales venezolanos, un documento sin autoría, sin logo oficial y sin membrete con recomendaciones relativas al trámite de sus solicitudes de visas, en la antesala del recinto oficial/público dispuesto para tales fines?
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¿Explíquenos la razón o razones que justifican cada una de las “recomendaciones” contenidas en el documento sin autoría, sin logo oficial y sin membrete, que se le entrega a los nacionales venezolanos, en la antesala del recinto oficial/público dispuesto para el trámite de las visas?
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¿Cuál es o cuáles son las políticas/criterios/conceptos aplicables –doctrina administrativa- que justifican que a los nacionales venezolanos se le entregue en la antesala del recinto oficial/público, un documento sin autoría, sin logo oficial y sin membrete con “recomendaciones” para el trámite de la visa?
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¿Explíquenos si la entrega a los nacionales venezolanos, de un documento sin autoría, sin logo oficial y sin membrete con recomendaciones relativas al trámite de sus solicitudes de visas, en la antesala del recinto oficial/público dispuesto para tales fines, forma parte de las políticas de presunción y respeto de la buena fe de los nacionales venezolanos solicitantes de visas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores/Migración Colombia?
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¿Explíquenos si la entrega a los nacionales venezolanos, de un documento sin autoría, sin logo oficial y sin membrete con recomendaciones relativas al trámite de sus solicitudes de visas, en la antesala del recinto oficial/público dispuesto para tales fines, forma parte de las políticas de formalidad administrativa por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores/Migración Colombia?
Que Asocvencol insiste que como quiera que se trata de un Derecho de Petición de Información, pide se le dé respuesta expresa y oportuna a sus planteamientos.